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POT Bogotá Reverdece 2022–2035
El Plan de Ordenamiento Territorial que define cómo se ocupa, protege y transforma el territorio de Bogotá.
- Autoría
- Alcaldía Mayor de Bogotá
- Tipo
- Norma de ordenamiento territorial
- Adopción
- Decreto 555 de 2021
- Fuente
- Decreto 555 de 2021, Régimen Legal de Bogotá · Documentos del POT, Secretaría Distrital de Planeación
Qué es
El POT es el instrumento que ordena el territorio de Bogotá. Se organiza en ocho libros: el componente general, el urbano y el rural; las actuaciones estratégicas; los instrumentos de planeación, gestión y financiación; el contenido programático; y las disposiciones finales, que incluyen el modelo de gobernanza.
Siete objetivos
Según el artículo 5, el Plan busca:
- Proteger la estructura ecológica principal y los paisajes bogotanos y generar las condiciones de una relación más armoniosa y sostenible de la ciudad con su entorno rural.
- Incrementar la capacidad de resiliencia del territorio frente a la ocurrencia de desastres derivados de la variabilidad y del cambio climático.
- Mejorar el ambiente urbano y de los asentamientos rurales.
- Revitalizar la ciudad a través de intervenciones y proyectos de calidad.
- Promover el dinamismo, la reactivación económica y la creación de empleos.
- Reducir los desequilibrios y desigualdades para un territorio más solidario y cuidador.
- Alcanzar el Desarrollo Rural Sostenible.
El derecho a la ciudad en sus principios
Entre los principios rectores del artículo 4:
El derecho a la ciudad, como derecho individual y colectivo para el disfrute de una vida urbana y rural en la cual exista el ejercicio efectivo de todos los derechos humanos.
Participación democrática y la asociación de la ciudadanía en la transformación o conservación del territorio, como garantía de apropiación y cuidado de lo público y de aquello que nos une.
Conceptos clave
- Estructura Ecológica Principal (art. 41): ordenadora del territorio y garante de los equilibrios ecosistémicos.
- Sistema de Espacio Público Peatonal para el Encuentro (arts. 89–90): áreas para el recorrido, el encuentro social, la cultura y el contacto con la naturaleza.
- Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales (arts. 94–95): la territorialización del cuidado.
- Modelo de Gobernanza (arts. 577–579): gobierno abierto, datos abiertos y participación ciudadana.
- El derecho a la ciudad para las mujeres (art. 4, numeral 15).
Diálogo con las coordenadas
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§ I · La ciudad como proceso colectivo
Fortalecimiento y promoción de los espacios, escenarios y canales que permitan generar capacidades para que la ciudadanía pueda participar de manera más informada en la toma de decisiones sobre acciones y actuaciones urbanísticas […].
La Coordenada I recuerda que el POT no es un documento técnico neutral, sino una cristalización política de una manera de entender los usos posibles de la ciudad.
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La Estructura Ecológica Principal es ordenadora del territorio y garante de los equilibrios ecosistémicos para un modelo de ocupación en clave de sostenibilidad ambiental regional.
Para el Manifiesto, la EEP es la columna vertebral del territorio y, a la vez, un espacio de convergencia: donde la ciudad adquiere su mayor urgencia y su mayor potencia.