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POT Bogotá Reverdece 2022–2035

El Plan de Ordenamiento Territorial que define cómo se ocupa, protege y transforma el territorio de Bogotá.

Autoría
Alcaldía Mayor de Bogotá
Tipo
Norma de ordenamiento territorial
Adopción
Decreto 555 de 2021
Fuente
Decreto 555 de 2021, Régimen Legal de Bogotá · Documentos del POT, Secretaría Distrital de Planeación

Qué es

El POT es el instrumento que ordena el territorio de Bogotá. Se organiza en ocho libros: el componente general, el urbano y el rural; las actuaciones estratégicas; los instrumentos de planeación, gestión y financiación; el contenido programático; y las disposiciones finales, que incluyen el modelo de gobernanza.

Siete objetivos

Según el artículo 5, el Plan busca:

  1. Proteger la estructura ecológica principal y los paisajes bogotanos y generar las condiciones de una relación más armoniosa y sostenible de la ciudad con su entorno rural.
  2. Incrementar la capacidad de resiliencia del territorio frente a la ocurrencia de desastres derivados de la variabilidad y del cambio climático.
  3. Mejorar el ambiente urbano y de los asentamientos rurales.
  4. Revitalizar la ciudad a través de intervenciones y proyectos de calidad.
  5. Promover el dinamismo, la reactivación económica y la creación de empleos.
  6. Reducir los desequilibrios y desigualdades para un territorio más solidario y cuidador.
  7. Alcanzar el Desarrollo Rural Sostenible.

El derecho a la ciudad en sus principios

Entre los principios rectores del artículo 4:

El derecho a la ciudad, como derecho individual y colectivo para el disfrute de una vida urbana y rural en la cual exista el ejercicio efectivo de todos los derechos humanos.

Artículo 4, numeral 14

Participación democrática y la asociación de la ciudadanía en la transformación o conservación del territorio, como garantía de apropiación y cuidado de lo público y de aquello que nos une.

Artículo 4, numeral 13

Conceptos clave

  • Estructura Ecológica Principal (art. 41): ordenadora del territorio y garante de los equilibrios ecosistémicos.
  • Sistema de Espacio Público Peatonal para el Encuentro (arts. 89–90): áreas para el recorrido, el encuentro social, la cultura y el contacto con la naturaleza.
  • Sistema del Cuidado y de Servicios Sociales (arts. 94–95): la territorialización del cuidado.
  • Modelo de Gobernanza (arts. 577–579): gobierno abierto, datos abiertos y participación ciudadana.
  • El derecho a la ciudad para las mujeres (art. 4, numeral 15).

Diálogo con las coordenadas