Glosario

Palabras para co-crear la ciudad

Conceptos que atraviesan el Manifiesto y los marcos de referencia. Cada entrada remite al lugar donde se desarrolla.

Términos

Co-crear

Participar y co-crear son diferentes. La participación tiende a reducirse a la consulta dentro de marcos ya definidos. Co-crear exige que los mismos marcos sean parte de lo que se transforma colectivamente.

Ver § II · El derecho a co-crear

Comunidades creadoras

Sujeto y corazón del Plan de Cultura de Bogotá 2038. Están conformadas por artistas, creativos, gestores, promotores del patrimonio, formadores, mediadores e investigadores, así como por la ciudadanía en su conjunto.

Ver Plan de Cultura de Bogotá 2038

Conocimiento situado

Un conocimiento que nace de la experiencia directa del territorio y que se valida en la práctica compartida.

Ver § IV · Las convergencias creativas

Continuo análogo-digital

La ciudad se despliega simultáneamente en dos registros, el físico y el digital, que no constituyen ciudades paralelas: son dimensiones de una misma experiencia que se atraviesa constantemente.

Ver § V · La ciudad como continuo

Convergencias creativas

Una apuesta por reencontrar arte, ciencia y tecnología como modos de saber/hacer. No son una suma de perspectivas, sino un desplazamiento mutuo que produce un territorio nuevo de preguntas y prácticas.

Ver § IV · Las convergencias creativas

Convergencias/divergencias

Encuentros entre modos de conocer y hacer que se potencian precisamente en su diferencia. Sostienen el disenso como fuerza creativa: buscan un territorio común donde las diferencias sigan operando.

Ver § III · Fricciones cotidianas

Derecho a la ciudad

Más allá del acceso a vivienda, servicios, movilidad y espacio público, es la posibilidad efectiva de imaginar, usar y transformar la ciudad como una obra compartida; es decir, el derecho a participar de su producción como proceso abierto.

Ver Manifiesto, § II y Agenda del Derecho a la Ciudad

Derechos culturales, ambientales y digitales

Tres marcos de derechos que suelen tratarse por separado pero que en la práctica urbana se entrelazan. Los culturales garantizan la posibilidad de producir sentido; los ambientales reconocen la ciudad como territorio compartido entre especies; los digitales preguntan quién diseña las plataformas y gestiona los datos que median la vida urbana.

Ver § II · El derecho a co-crear

Estructura Ecológica Principal (EEP)

La red de cerros, humedales, bosques, ríos y quebradas que sostiene la vida en Bogotá. El POT la define como ordenadora del territorio; el Manifiesto la reconoce como territorio en disputa y como espacio de convergencia.

Ver § I, § V y POT

Fricciones cotidianas

Las tensiones que no son accidentes del proceso urbano sino su textura misma. Reconocer el conflicto como dimensión constitutiva de la ciudad es preguntarse cómo habitamos esas tensiones.

Ver § III · Fricciones cotidianas

Habitar simbólicamente

Producir las capas de sentido de un territorio: relatos, memorias y horizontes compartidos. Es lo que hacen las comunidades cuando transmiten las historias de su barrio.

Ver § V · La ciudad como continuo

Inteligencia colectiva

Lo que emerge cuando las convergencias creativas se practican de manera sostenida: una comunidad que aprende a observar su entorno y a producir conocimiento sobre él.

Ver § IV · Las convergencias creativas

Plan de Ordenamiento Territorial (POT)

El instrumento que ordena el territorio de la ciudad. En Bogotá, el POT «Bogotá Reverdece 2022–2035» fue adoptado por el Decreto 555 de 2021. No es un documento técnico neutral, sino una cristalización política de una manera de entender los usos posibles de la ciudad.

Ver § I y POT Bogotá Reverdece

Saber/hacer

Arte, ciencia y tecnología entendidos no como mundos separados, sino como modos de conocer que son a la vez modos de hacer.

Ver § IV · Las convergencias creativas

Soberanía ciudadana

La capacidad de una comunidad de producir saber y hacer sobre su propio territorio, de negociar con otros actores desde un conocimiento propio y de imaginar y realizar transformaciones que respondan a sus condiciones concretas.

Ver § II y § IV